Conferencia Episcopal

 

La Conferencia Episcopal desmiente al Supremo: no han pactado con el Gobierno sobre la asignatura de Religión

 

El TS avala el decreto asturiano que elimina la alternativa a Religión en Bachillerato y los obispos anuncian acciones legales para que la afirmación de la letrada del Principado no se tenga por veraz

 

 

 

07/12/25 | Marta Santín


 

 

 

La Conferencia Episcopal Española (CEE) ha negado de forma categórica que exista o haya existido algún tipo de pacto, negociación o entendimiento con el Gobierno para impartir la asignatura de Religión en Bachillerato sin una materia alternativa o “espejo”.

 

 

 

  1. “Falsedad” la afirmación de la sentencia del Supremo
  2. El recurso del arzobispado de Oviedo
  3. Qué dice la sentencia del Alto Tribunal
  4. No existe trato discriminatorio
  5. La frase de la polémica
  6. Debate educativo en Asturias

 

 

 


Mons. Alfonso Carrasco, presidente de
La Comisión Episcopal para la Educación y Cultura.

 

 

 

“Falsedad” la afirmación de la sentencia del Supremo

En un comunicado hecho público por la Comisión Episcopal para la Educación y Cultura, los obispos califican de “falsedad” la afirmación contenida en la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que desestima el recurso del Arzobispado de Oviedo contra el Decreto 60/2022 del Principado de Asturias.

La expresión aparece en el texto judicial porque fue alegada por la representación jurídica del Gobierno asturiano, que sostuvo que la regulación se ajustaba a un “entendimiento negociado” con la Iglesia, extremo que la CEE rechaza rotundamente.

 

El recurso del arzobispado de Oviedo

El asunto surge a raíz de la sentencia que respalda el decreto asturiano por el que la asignatura de Religión en Bachillerato pasa a contar con una hora lectiva semanal, sin que los alumnos que no la cursen dispongan de asignatura alternativa.

El arzobispado de Oviedo presentó un recurso contencioso-administrativo contra esta disposición, alegando que vulneraba el acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede y que generaba un trato discriminatorio entre estudiantes.

 

Qué dice la sentencia del Alto Tribunal

El Tribunal Supremo, sin embargo, entiende que la regulación es conforme al marco normativo vigente y ratifica el currículo aprobado por el Principado.

Según lo que establece el Tribunal Supremo, en Bachillerato —una etapa no obligatoria del sistema educativo— no existe la exigencia legal de ofrecer una asignatura alternativa a la Religión, a diferencia de lo que ocurre en las etapas obligatorias.

El Alto Tribunal recuerda que esta cuestión ya había sido resuelta en sentencias anteriores, concretamente en dos resoluciones de julio de 2023, donde se había dejado claro que la normativa estatal no impone una “asignatura espejo” para aquellos alumnos que no optan por Religión en Bachillerato.

El TS considera que esta interpretación está plenamente alineada con la LOMLOE y con el citado Acuerdo de 1979, que exige la oferta de la materia de Religión en condiciones equiparables a otras materias fundamentales, pero no obliga a proporcionar una alternativa en etapas no obligatorias.

 

No existe trato discriminatorio

La sentencia también analiza si la diferencia en el cómputo horario —31 horas para los alumnos que cursan Religión frente a 30 para quienes no lo hacen— podría constituir un trato discriminatorio.

El Tribunal concluye que no: la existencia de una hora adicional para quienes eligen la materia confesional no vulnera el principio de igualdad ni infringe derechos fundamentales, dado que la asistencia a Religión responde a una elección voluntaria del estudiante.

 

La frase de la polémica

No obstante, uno de los elementos que más polémica ha generado es el argumento jurídico esgrimido por la representación del Principado de Asturias. La letrada autonómica defendió ante el Tribunal que la supresión de la alternativa a Religión en Bachillerato respondía a un “entendimiento negociado con la Conferencia Episcopal Española”. Esa afirmación aparece mencionada en la sentencia, aunque el propio TS señala que dicho argumento no fue planteado en la fase inicial del procedimiento y que figura únicamente en el escrito de casación del Principado, sin que el Tribunal lo haga suyo ni lo utilice como base para su decisión.

Aun así, para la Conferencia Episcopal, la sola presencia de esa expresión en la resolución judicial es motivo de enorme preocupación. En su comunicado oficial, la Comisión Episcopal para la Educación y Cultura afirma que es “objetivamente falso” que haya existido negociación alguna y lamenta que una afirmación “sin soporte documental” se dé por expuesta en un texto jurídico de máximo rango. Los obispos aseguran que explorarán “los cauces jurídicos necesarios” para evitar que esta supuesta negociación —que califican de inexistente— quede registrada como si fuera veraz.

La CEE explica que nunca ha alcanzado acuerdo alguno con gobierno central o autonómico para eliminar la materia alternativa y recuerda que su postura histórica ha sido la defensa de una oferta educativa que garantice la igualdad de valor académico de la asignatura de Religión. En este sentido, los obispos insisten en que la regulación actual no deriva de ningún pacto con la Iglesia, sino de la interpretación normativa que hace cada administración autonómica en el marco de la LOMLOE.

 

Debate educativo en Asturias

La controversia se produce, además, en un contexto de debate educativo en Asturias. Según recoge La Voz de Asturias, los alumnos del Principado que elijan cursar Religión en Bachillerato tendrán finalmente una hora lectiva semanal, mientras que quienes no opten por ella no dispondrán de ninguna materia adicional. Este equilibrio horario fue uno de los puntos cuestionados por el arzobispado, pero el TS lo ha considerado plenamente válido y ajustado a Derecho.

La Conferencia Episcopal señala que continuará defendiendo, ante las administraciones y los tribunales, la correcta interpretación de los acuerdos Iglesia-Estado y el derecho de las familias a elegir formación religiosa en condiciones equiparables a otras materias fundamentales. Al mismo tiempo, reitera su “profundo desacuerdo” con que en la sentencia figure una afirmación que atribuye a la Iglesia una negociación que —según sostiene— jamás ha existido.

Con esta resolución del Tribunal Supremo, el Principado de Asturias ve plenamente respaldada su regulación curricular, mientras que la Iglesia española anuncia posibles acciones legales para depurar una afirmación que considera lesiva y contraria a la realidad. El debate sobre la asignatura de Religión en Bachillerato, lejos de cerrarse, continúa así en el centro de la agenda educativa y jurídica.